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jueves, 19 de diciembre de 2013

"Beneficios eclesiásticos" en 1746

El documento colgado el otro día en este blog, Pleitos civiles ES AHPZ J/011246/000016 llevaba adjunto un escrito presentado por Juan Luño, sobre la Institución de dos beneficios perpetuos colativos en 1746 por Don José Serrada.
Este documento nos da idea de la vida laboral que llevaba un cura, de sus ganancias, etc. En el pueblo de Plenas en la primera mitad del siglo XVIII.

En el pueblo había una rica vida religiosa.
En la localidad se celebraban 940 misas al año, que sale a 2,57 misas al día…
El dia 17 de enero, San Antonio Abad era muy importante,
Había varias cofradías:
- Cofradía de la Virgen del Carrascal
- Cofradía de Santa Bárbara
- Cofradía de la Sangre de Cristo
- Cofradía de la Tercera Orden

El beneficio eclesiástico era un cargo del clero secular que otorgaba una serie de rentas a su titular, llamado beneficiado. Personas pudientes y religiosas creaban beneficios a los que asignaban una serie de rentas que las disfrutaba el beneficiado.
Cuando se produce la desamortización a mediados del siglo XIX, las rentas de la iglesia fueron asumidas por el Estado, desapareciendo los beneficios eclesiásticos.
José Serrada González, nació en 1686 y murió en 1760. Fue rector de la parroquia de Plenas muchos años y murió en Plenas siendo rector. En enero de 1747 se quejaba de “sus muchos accidentes y avanzada edad” y establece unos beneficios para eclesiásticos que le ayuden a llevar la tarea de la cura de almas, que se le hacía trabajosa y ayudar a los naturales de la localidad.

El documento se titula:
Institución de dos Beneficios Perpetuos colativos y penitenciarios fundados en esta villa de Plenas para hijos de ella por el Dr. Don José Serrada y González, rector actual de dicha villa y examinador sinodal del obispado de Teruel.

Dice que Plenas se compone de más de 200 vecinos.
A estos beneficios se adhieren los patronos de la Capellanía de Ana Luño y de la Casa y Cerrado de los Ortines. (Las capellanías son parecidas a los beneficios, y en ellas el fundador dejaba en su testamento una cantidad en renta para que con sus ganancias se celebraran misas).
Serán beneficiados los hijos de la villa y que sus padres hayan sido o sean naturales de ella.
Se les asigna a los beneficiados:
- El pan de las benditas almas del purgatorio que se coge en el horno (debían ser panes que elaboraban los vecinos en el horno del pueblo y que se los daban al cura)
- La limosna de trigo y azafrán, que por año se saca 10 libras.
- Lo que se saque de la cajeta de las sobredichas almas, unas 10 libras, con la obligación de que cada uno de los beneficiados diga 40 aniversarios.
- De las 38 misas cantadas que hay cargadas a la iglesia con caridad de 10 sueldos, se reserva el rector para si y sus sucesores 14 y de las otras 24, 12 para cada beneficiado, que sacará 6 libras.
- De las 51 misas cantada con caridad de 6 sueldos, 17 para el rector y 34 para los beneficiados. A cada uno, 17 misas y le corresponden 5 libras.
- De los 318 aniversarios fundados a 5 sueldos, el rector se reserva 62, y el resto, 256 para los beneficiados . A cada uno 128 misas y le corresponden 32 libras.
- Les cede las misas de las Cofradías de la Virgen del Carrascal, de Santa Bárbara, de la Sangre de Cristo y de la Tercera Orden, y las 2 misas por Juan Ornaque, total 64 misas .A cada beneficiado 32 misas y les corresponde 6 libras y 6 sueldos.
- De la Capellanía de Ana Luño, de la que son patronos el rector y Julián Julve, se les asigna a cada beneficiado 20 misas y 10 libras.
- Les cede las 6 misas de las rogativas. A cada uno 3 misas y 15 sueldos.
- Les cede la misa de San Antonio Abad y la misa de San Roque. A cada uno 1 misa y 6 sueldos.
- De dos sitiadas por las almas que hay fundadas en la iglesia, cada uno deberá decir 3 misas y le corresponden 1 libra, 2 sueldos y 4 dineros.
- De la distribución del dia 17 de enero, a cada uno 3 sueldos y 5 dineros.
- Les cede la Pasión, Salves y procesiones a Santa Bárbara. A cada uno 1 libra y 10 sueldos.
- De la Casa y Cerrado de los Ortines, de la cual son patronos el rector y el Alcalde ,por su arrendamiento se saca, para cada uno 3 libras.
- Del grano de la décima que se recibe, para cada beneficiado 5 cahices de trigo ( que son 16 libras).

Cada beneficiado tendrá de renta 97 libras, 2 sueldos y 9 dineros, y tendrá que celebrar 286 misas.
Los beneficiados deberán residir en el pueblo y no faltar mas de un mes al año, y no pueden faltar los dos al mismo tiempo.
Deben asistir al Coro y a las procesiones.
Estables que sean dos beneficios intitulados penitenciarios,”bajo la invocación de San Antonio Abad, en atención a la especial devoción que se tiene a este glorioso santo en Plenas”.
Pide que los dos primeros beneficiados sean:
- Licenciado Juan Luño, tonsurado natural de Plenas.
- Licenciado José Esteban Villar, presbítero regente de la parroquial de Plenas.
- El rector José Serrada se reserva las siguientes misas:
- 84 misas por el pueblo.
- 62 aniversarios.
- 14 misas cantadas a 10 sueldos.
- 17 misas cantadas a 6 sueldos.
- 10 misas nupciales.
- 40 misas de entierros y defunciones.
- 71 misas de la Capellanía de Julve y Munio rezadas con caridad de 5 sueldos.
- 65 misas rezadas de la Capellanía de Asensio, con caridad de 4 sueldos.
- 5 misas rezadas por Blas Ornaque y la Casa de la Abadía.
Total 368 misas


Es testigo del acto el rector de Moyuela D. Miguel Jerónimo Ondiano.
Se firma la escritura ante el escribano de la Villa de Plenas don Juan Latorre, en noviembre de 1746.



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